|
INFORMACIÓN PREVIA
A CLIENTES
1. La actividad profesional de las Corredurías
de Seguros está regulada en la Ley 26/2006, de 17 de julio
de mediación de seguros privados, garantizando así la
protección de los derechos de los clientes.
2. Para su conocimiento y a los efectos legalmente
prevenidos, le informamos que está Correduría de Seguros:
|
a) Es una sociedad mercantil
de nacionalidad española denominada “Correduría
de Seguros C. Lorente, Sociedad Limitada Unipersonal ” constituida por tiempo
indefinido mediante escritura autorizada por la Notario de
Molins de Rei, Doña María Inmaculada Domper Crespo,
el día 1 de julio de 1988, con el número 622
de su protocolo. Con domicilio social en la calle Jacint Verdaguer
110 Bajos de Molins de Rei (08750) Barcelona, España.
Número de identificación fiscal B-58.723.941.
Inscrita en Registro Mercantil de Barcelona, folio 175, tomo
9.911, libro 9.035 de la sección 2ª, hoja número
114.324, inscripción 1ª.
b) Cumple con todos los requisitos establecidos
en la Ley, estando inscrita en el Registro Administrativo
Especial de Mediadores de Seguros y sus Altos Cargos con
el número de clave J-0197, que puede usted comprobar
en la página web de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).
www.dgsfp.mineco.es/sector/Corredurias.asp
c) Tiene suscrita póliza de Responsabilidad
Civil Profesional y dispone de la capacidad financiera legalmente
establecida, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en
la Ley 26/2006.
d) Cuenta con un departamento de atención
al cliente externalizado, encargado de atender sus quejas
y reclamaciones, a través de mail en cliente@quejasyreclamaciones.com,
por escrito al apartado de correos 2053 de 28002 Madrid,
o a través de nuestra web; www.quejasyreclamaciones.com,
para mayor información puede dirigirse a cualquier
empleado de la Correduría, todo ello de conformidad
a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Economía
ECO/734/2004 de 11 de marzo.
e) Tiene establecido el tratamiento de
sus datos de carácter personal, de conformidad con
lo previsto en el art. 5.1. de la LO 15/1999, de Protección
de Datos de Carácter Personal, habiendo recibido la
preceptiva información que consta en el presente escrito.
|
|
3. Las Corredurías/es de Seguros, son los únicos
profesionales facultados para asesorarle desde la más estricta
independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras.
Es por ello, que las ofertas que sometemos a su consideración,
han sido basadas en un análisis objetivo, consistente en analizar
de forma generalizada contratos de seguros ofrecidos por al menos
tres entidades aseguradoras que operan en el mercado, considerando
que corresponde a su petición dentro de una valoración
de meritos para buscar una correcta cobertura a sus requerimientos
y necesidades.
4. La Correduría informa igualmente del
contenido del Art. 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, de
forma tal que las comunicaciones que el mediador curse a la aseguradora
surtirán los mismos efectos como si las realizara el propio
interesado (Tomador del Seguro).
|